A finales del año pasado, concretamente el 28 de septiembre, se publicó en el BOE la nueva “Ley de Emprendedores”, la cual pretende ser un punto de apoyo a los emprendedores para fomentar así de alguna forma la creación de empleo y que esto sea un estímulo para el crecimiento empresarial.
¿Cuáles son las principales ventajas que presenta esta ley?
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Tarifa plana de 50 € para la cuota del RETA. Esta tarifa permitirá reducir en un 80% la cuota mínima de autónomos en los primeros seis meses de actividad, en un 50% en los siguientes seis meses, y en un 30% en los seis meses posteriores.
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Agilización de trámites en la creación de una empresa. A un precio de 40€ podríamos tener nuestro negocio en marcha. Aunque si queremos tenerlo en escritura pública, el plazo será mayor (48 horas) y el precio también se incrementará a unos 100 euros.
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IVA con criterio de caja. Se crea un régimen especial para autónomos y pymes, de carácter voluntario, que permitirá evitar el ingreso del impuesto en Hacienda hasta el momento de cobro de la factura.
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Se crea la nueva figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL). Esto permitirá proteger el patrimonio personal del emprendedor ante las eventuales deudas que pudiera generar su actividad empresarial.
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No hace falta capital mínimo para Sociedad Limitada de Formación Sucesiva. A cambio de esto deberás cumplir con obligaciones especiales dictadas en la ley.
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Garantía de segunda oportunidad. Como todo el mundo se equivoca la ley agiliza la liquidación de los proyectos fallidos mediante acuerdos extrajudiciales con los acreedores y les ofrece mayor protección, previendo quitas de hasta el 25% y moratorias de hasta tres años.
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Incentivos fiscales. Los inversores particulares que respalden con financiación proyectos empresariales nuevos o de reciente creación podrán deducirse un 20% de la cuantía aportada en la cuota estatal del IRPF y tendrán exención total sobre los beneficios que obtengan siempre que se materialicen en un plazo máximo de doce años y que se reinviertan en otra sociedad.
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Visado para Emprendedores que te facilita el acceso a permanencia en el país si eres extranjero y quieres iniciar una actividad empresarial en España.
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Bonificaciones que ascienden al 50% para autónomos pluriempleados.
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Compatibilidad con el desempleo. Se prevé que una persona que se encuentre cobrando el paro podrá seguir haciéndolo aunque se adscriba al régimen de autónomos.
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Contratación más económica. Contratar a un trabajador de menos de 30 años será más económico debido a la reducción de la cuota de la seguridad social.